CONTRATACIÓN A DOMICILIO DE LAS COMPAÑIAS DE ELECTRICIDAD Y GAS
Desde el 7 de octubre de 2018 a las comercializadoras eléctricas se les prohibe enviar publicidad no solicitada y formalizar contratos en los domicilios salvo expresa petición del cliente.
Así pues, el Decreto-Ley de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores, incluye, entre una larga serie de medidas vinculadas al sector, la prohibición de la venta puerta a puerta para las compañías de electricidad y gas.
"La energía es un bien esencial para la sociedad. Representa un insumo principal en
los procesos productivos de las empresas, industrias y cooperativas, así como en el sector
primario, condicionando la productividad y competitividad de estos sectores.
Para los hogares y las familias, la energía es un bien imprescindible para satisfacer las
necesidades básicas, como la iluminación, la alimentación o una climatización que permita
mantener unas condiciones de confort suficientes para la salud. Además, debido a la
creciente electrificación de los hogares, cada vez más tareas cotidianas requieren un
suministro energético fiable y asequible.
El sistema energético ha iniciado un proceso de transición hacia un nuevo paradigma
caracterizado por la descarbonización, la descentralización de la generación, la
electrificación de la economía, la participación más activa de los consumidores y un uso
más sostenible de los recursos”
Comentarios
Publicar un comentario